La Corte Internacional de Justicia es el órgano judicial
principal de la Organización de las Naciones Unidas. Está encargada de decidir
conforme al Derecho Internacional las controversias de orden jurídico entre
Estados y de emitir opiniones consultivas respecto a cuestiones jurídicas que
pueden serle sometidas por órganos o instituciones especializadas de la ONU.
Miembros
La Corte está integrada por quince magistrados elegidos por la
Asamblea General y el Consejo de Seguridad en votaciones independientes, de
acuerdo a sus méritos y no su nacionalidad. Se procura que estén representados
en la Corte los principales sistemas jurídicos del mundo. No puede haber dos
magistrados del mismo país. Tienen mandato de nueve años con posibilidad de
reelección y no se pueden dedicar a ninguna otra ocupación mientras dure su
mandato.
Funciones y poderes
Pueden recurrir a la Corte todos los Estados Partes en su
Estatuto, incluyendo a todos los Miembros de las Naciones Unidas. Estados como
Suiza, que no son Miembros de las Naciones Unidas, también pueden llegar a ser
parte del Estatuto y por lo tanto recurrir a la Corte. Los particulares no pueden
recurrir a la misma.
La Asamblea General y el Consejo de Seguridad pueden solicitar
opiniones consultivas de la Corte sobre cualquier cuestión jurídica. También
los demás órganos de las Naciones Unidas y los organismos especializados pueden
solicitar, con autorización de la Asamblea, opiniones consultivas sobre
cuestiones jurídicas relativas al ámbito de sus actividades.
La Corte tiene jurisdicción en todas las cuestiones que los
Estados le sometan con relación a todos los asuntos previstos en la Carta de
las Naciones Unidas o en tratados y convenciones vigentes. Los Estados pueden
comprometerse por anticipado a aceptar la jurisdicción de la Corte, por medio
de tratados o convenios que suscriban o bien declaraciones especiales que
excluyan cierto tipo de casos.
La Corte decide la resolución de controversias en base a:
Las convenciones internacionales que establecen reglas
reconocidas por los Estados litigantes;
La costumbre internacional o jurisprudencia como prueba de
práctica general aceptada por la ley;
Los principios jurídicos generales reconocidos por las
naciones;
Las decisiones judiciales y las enseñanzas de los estudiosos
más calificados de distintos países.
Desde su establecimiento en 1946, la Corte ha tratado 119
casos que los Estados le han sometido, y las organizaciones le han solicitado
23 opiniones consultivas. Los casos han tratado disputas internacionales
relacionadas con derechos económicos, derechos de paso, la proscripción del uso
de la fuerza, relaciones diplomáticas, toma de rehenes, derecho de asilo y
nacionalidad.
Sesiones
Por lo común, la Corte celebra sesiones plenarias, pero
también puede constituir unidades más pequeñas o "salas", a solicitud
de las partes. Las sentencias dictadas por las salas se consideran dictadas por
la Corte en pleno. La Corte tiene también una Sala de Asuntos Ambientales y
constituye todos los años una Sala de Procedimientos Sumarios.

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